¡Faltan pocos días para que entre en vigor la segunda etapa de la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018!, ¿estás preparado?
Cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, en octubre de 2018, parecía lejano el momento en que se aplicaría en su totalidad, ya que se estableció que esta se implementaría en dos etapas: la primera seria obligatoria a partir del primer año de su publicación y la segunda, a los dos años, siendo esta última etapa, obligatoria a partir del próximo 23 de octubre 2020.
¿Recuerdas de qué trata esta Norma?
Como ya sabemos, el objetivo principal de esta Norma es prevenir e identificar los riesgos psicosociales que afectan a los trabajadores en los centros de trabajo, los cuales afectan tanto su vida personal como la productividad laboral.
Y como ya sabemos de qué trata -y ya debimos también implementar la Etapa 1-, recapitularemos solamente las características y requerimientos de la Etapa 2 ¿te late?
2ª. Etapa – 23 de octubre de 2020
¡Mucho ojo aquí!, pues no estoy diciendo que debamos esperar hasta esa fecha para arrancar con cada compromiso, sino que, para esa fecha debemos estar listos con los puntos enlistados.
Para esta etapa de aplicación, TODOS los centros de trabajo deberán realizar algunos procedimientos, entre ellos, los siguientes:
- Identificación de los factores de riesgos psicosociales
- Análisis de dichos factores
- Evaluación del entorno organizacional
- Aplicación de exámenes médicos y evaluaciones psicológicas en casos de violencia laboral
- Documentar los resultados de la identificación y del análisis de los factores de riesgo, así como los resultados de la evaluación del entorno organizacional
En esta segunda etapa, la Norma también proporciona los cuestionarios que pueden aplicarse y señala los procedimientos para realizar las muestras correspondientes, principalmente en el caso de los centros de trabajo que tienen una cantidad considerable de trabajadores.
Es posible que a pesar del tiempo que lleva vigente la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, muchos centros de trabajo aún no hayan comenzado con su aplicación, y en algunos casos, aún se desconozca, lo cual es muy grave, pues te recuerdo que el cumplimiento de ésta es OBLIGATORIO para todas las empresas (desde 1 a más de 50 empleados) y que las multas por incumplimiento oscilan entre $26,767 y $535,350; por lo que es importante acelerar la consulta de esta Norma para evitar posibles sanciones por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
¿Ahora sí consideras que tu empresa está lista para esta segunda etapa?
Me queda claro que es un reto lograr la participación de los líderes y los colaboradores en programas de bienestar; sin embargo, estoy segura de que, con ayuda de gente experta, podrás cumplir con la NOM0-035-STPS-2018 e involucrar a tu organización en una cultura activa de salud y bienestar.
Es sumamente recomendable acercarte a algún experto que te ayude con la implementación y te guíe en el proceso. ¿Quieres saber qué hacer para cumplirla?…, ¡nosotros te apoyamos!
¡No te quedes fuera, alinéate a las nuevas regulaciones de ley y evita que te sancionen! VDE Suite LATAM tiene promociones interesantes para ti y tu empresa.
¡Porque donde existen personas sanas, trabajan personas felices!